Registro de industrias y establemientos alimentarios

Todas las industrias y establecimientos de actividades alimentarias deben estar inscritas en el registro de empresas y actividades alimentarias autonómico o nacional.

Consultoría Alimentaria

Registro de industrias y establecimientos alimentarios

Los responsable de todas las empresas y establecimientos alimentarios, no sometidos al requisito añadido de obtener previamente la Autorización Sanitaria de Funcionamiento, deberán presentar una comunicación previa de inicio de actividad, a los efectos de su inscripción en el Registro de Empresas y Actividades Alimentarias de Castilla y León y, además, en el caso de empresas de ámbito nacional, su inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (artículo 4.2 del Decreto 18/2016, de 7 de julio, por el que se crea el Registro de Empresas y Actividades alimentarias de Castilla y León y se regulan los procedimientos de autorización sanitaria de funcionamiento y comunicación previa de actividad de los establecimientos y empresas alimentarias).

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Todas las industrias, establecimientos y actividades alimentarias ubicadas en Castilla y León tienen que estar registrados e inscritos en el Censo Sanitario de Alimentos de la comunidad

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